Apelaciones de transferencias entre distritos

Apelaciones de transferencias entre distritos

Uno de los deberes y responsabilidades de la Junta de Educación del Condado de Santa Cruz es escuchar y dictaminar sobre las apelaciones de transferencias entre distritos. Las apelaciones son presentadas por el padre o tutor legal de un estudiante después de que el distrito de residencia o el distrito de asistencia deseada haya denegado una solicitud de transferencia entre distritos.

Los padres pueden solicitar una audiencia de apelación dentro de los treinta (30) días calendario después de que su solicitud de asistencia interdistrital haya sido denegada por el distrito de residencia o por el distrito de asistencia deseado, Y hayan agotado el proceso de apelación del distrito denegado.

¿Cuándo se necesita una transferencia entre distritos?

Los formularios de transferencia entre distritos se completan cuando los padres o tutores legales desean que su estudiante asista a una escuela que está fuera de su distrito escolar de residencia. Los formularios de transferencia entre distritos se pueden encontrar en el sitio web del distrito escolar.

Tanto el distrito escolar de residencia como el distrito escolar de asistencia deseada deben aprobar la solicitud.

Solicitar una audiencia de apelación

Hay varios pasos importantes que se deben seguir.

Paso 1

Primero debe solicitar un formulario de transferencia entre distritos de su distrito escolar actual.

Comuníquese con su distrito escolar para obtener el formulario.

Si se deniega su solicitud, puede apelar esa decisión, pero debe seguir el proceso de apelación del distrito que haya denegado su solicitud. Debe agotar todas las solicitudes antes de presentar una apelación ante la Junta de Educación del Condado de Santa Cruz.

Paso 2

Si no obtiene el resultado que desea a nivel de distrito, puede presentar una apelación ante la Junta de Educación del Condado de Santa Cruz.

Si su apelación ha sido denegada a nivel de distrito, puede solicitar la oportunidad de apelar la decisión ante la Junta de Educación del Condado de Santa Cruz.

Debe solicitar una audiencia de apelación dentro de los treinta (30) días calendario de cuando su solicitud de transferencia entre distritos fue denegada por el distrito escolar. La falta de apelación dentro del tiempo requerido resultará en la denegación de su apelación.

Paso 3

Presentar una apelación y solicitar una audiencia

El proceso de apelación comienza con completar y presentar el formulario denominado: “Apelación de denegación de asistencia entre distritos.” El formulario puede ser encontrar aquí.

Puede enviar el formulario por correo electrónico a verenise valentin, entregar el formulario en persona, o enviarlo por correo a la siguiente dirección:

Junta de Educación del Condado de Santa Cruz
Atención: Verenise Valentin
400 Encinal Street, Santa Cruz, CA 95060

El formulario debe completarse, firmarse y devolverse dentro de los treinta días calendario posteriores a la denegación del distrito. Complete todas las secciones del formulario de manera legible.

Su formulario de apelación completado debe ir acompañado de:

  1. Una copia de su solicitud original para un acuerdo de asistencia entre distritos
  2. La negación del distrito si hubo uno
  3. Cualquier otra documentación de respaldo que desee que la Junta del Condado considere.

Paso 4

El superintendente del condado verificará la información

Después de recibir su solicitud de apelación, la oficina del superintendente del condado la revisará y tratará de verificar cierta información antes de que se programe la fecha de la audiencia.

La oficina del superintendente del condado también verificará si ha agotado todos los procesos de apelación en los distritos escolares locales. Si no ha utilizado los canales de apelación locales, se le pedirá que complete el proceso de apelación local antes de continuar.

Paso 5

Establecer una fecha de audiencia

Si la apelación por escrito está completa y debidamente presentada ante la Junta de Educación del Condado, el Superintendente del Condado colocará el asunto en la agenda de la Junta de Educación del Condado para una reunión regular o especial que se llevará a cabo a más tardar treinta (30) días calendario después de la fecha efectiva de la apelación. La Junta del Condado puede extender este período de treinta (30) días cinco (5) días calendario adicionales por una buena causa.

El superintendente del condado tiene discreción para aprobar una solicitud de aplazamiento presentado por usted o por el distrito escolar por una buena causa siempre que el la solicitud se presenta por escrito al menos cinco (5) días calendario antes de la fecha de la audiencia, excepto en una emergencia. Un aplazamiento por parte de la persona que presentó la apelación extiende el plazo para que la Junta de Educación del Condado tome una decisión.

Las familias con múltiples apelaciones pueden hacer que las apelaciones se escuchen por separado o como una sola. Si tiene todas las apelaciones escuchadas como una sola, habrá una votación por separado en cada niño.

Si necesita traducción a un idioma que no sea inglés, por favor notifique a la oficina del Superintendente del Condado al 466-5900 por lo menos 48 horas antes de la hora de la audiencia.

Paso 6

Preparándose para su audiencia

La documentación adecuada es útil al presentar su caso. Encontrarás eso la evidencia es más efectiva cuando se proporciona por escrito, en relación con el (los) problema (s) en cuestión. mano, y es el tipo de evidencia en la que las personas razonables pueden confiar en la conducción de asuntos serios. Algunos ejemplos de evidencia documental incluyen:

  1. Una copia de su solicitud original para un permiso de asistencia entre distritos o acuerdo y cualquier denegación por escrito (si aún no se proporcionó con su formulario de apelación).
  2. Documentos para respaldar su solicitud de transferencia entre distritos. Por ejemplo, cuando revise los factores que considerará la Junta del Condado, verá que ciertos documentos pueden respaldar su posición. Esos documentos pueden ser recomendaciones profesionales de médicos, educadores, psicólogos u otros. Las verificaciones de participación o no disponibilidad de proveedores de cuidado infantil, proveedores de transporte, maestros u otros podrían ser útiles. Los folletos o la información escrita sobre programas especiales en el distrito escolar o la comunidad de asistencia solicitada pueden ser evidencia de apoyo.

La Junta del Condado se basará en la información escrita que usted y los distritos escolares proporcionen antes de la audiencia, así como en la presentación verbal que se haga en la audiencia. Debe estar preparado para hacer una breve presentación verbal que se centre en los factores que la Junta del Condado considerará al decidir una apelación. Puede traer testigos o alguien que pueda hacer una declaración especial en nombre del alumno. Asegúrese de que los testigos estén preparados para hacer una breve presentación.
 
Aunque la audiencia es informal, puede traer un asesor legal o un defensor legal. El uso de cualquier consejo legal será a su cargo.

Paso 7

La audiencia de apelación

Las audiencias se llevan a cabo durante las reuniones regulares o especiales de la Junta del Condado que se llevan a cabo en el:

Oficina de Educación del Condado de Santa Cruz
400 Calle Encinal, Santa Cruz CA

Tanto el padre como el distrito escolar recibirán un aviso de la fecha de la audiencia. El aviso especificará la fecha, hora y lugar de la audiencia.

Es la intención de la Junta del Condado llevar a cabo la audiencia de una manera justa y lo suficientemente informal para fomentar la comunicación abierta y la comprensión del sistema. La audiencia también se llevará a cabo de tal manera que no se necesite experiencia legal especial y para que todas las partes tengan la oportunidad de presentar su caso de manera justa y completa. La ley establece que usted puede tener presente un asesor legal o un defensor si lo desea. Se levantará acta de la audiencia.

Durante su audiencia de apelación, usted, el alumno (opcional) y los representantes de los distritos se sentarán frente a la Junta del Condado. La Junta del Condado considerará la apelación en sesión abierta. Con el fin de evitar la divulgación de la confidencialidad de la información del expediente del estudiante, la audiencia puede llevarse a cabo en sesión cerrada, previa solicitud.

La audiencia se llevará a cabo de la siguiente manera:

  1. Cuatro (4) miembros de la Junta del Condado deben estar presentes para que haya quórum para llevar a cabo la audiencia.
  2. Después de la presentación de todas las partes, el Presidente de la Junta o su designado, quien conducirá la audiencia, explicará los procedimientos a seguir durante la audiencia. Toda discusión se dirigirá al Presidente de la Junta u otro miembro de la Junta del Condado en respuesta a una consulta.
  3. El alumno, el padre o tutor y/o un representante del alumno presentarán las razones para solicitar un acuerdo de transferencia entre distritos al distrito de asistencia deseada y otras acciones, si las hubiere, tomadas por los respectivos distritos escolares. El orador tendrá una cantidad específica de tiempo (normalmente cinco (5) minutos) para resumir su posición.
  4. Un representante del distrito que rechazó la transferencia tendrá la oportunidad de explicar los motivos de la(s) acción(es) tomada(s) por ese distrito (normalmente cinco (5) minutos).
  5. Se le dará tiempo adicional para presentar cualquier información de refutación a la información presentada por el (los) distrito(s) escolar(es) y dar cualquier comentario final. Cada distrito también tendrá tiempo adicional para cerrar y/o responder.
  6. Los miembros de la Junta del Condado pueden hacer preguntas para aclarar los problemas. La Junta del Condado también puede hacer preguntas al personal.
  7. Deliberación y Decisión: Después del cierre de la audiencia, la Junta del Condado deliberará y tomará una decisión.
 

La decisión de la Junta de Educación del Condado solo puede ser:

  1. Aprobar la apelación,
  2. Negar la apelación, o
  3. Reenviar (enviar) el caso al distrito para su reconsideración en caso de que se presente nueva evidencia en la audiencia que no se haya revelado previamente. 

Si tiene preguntas sobre el proceso y cómo completar el formulario, comuníquese con la Oficina del Superintendente al (831) 466-5900 o envíe un correo electrónico verenise valentin, Asistente del Superintendente.

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