Junta de Revisión de Asistencia Escolar (SARB)

Misión SARB

La ley de California requiere que los niños entre las edades de 6 y 18 años asistan a la escuela.

En 1974, se crearon las Juntas de Revisión de Asistencia Escolar (SARB) para ayudar a los estudiantes ausentes y sus padres o tutores a resolver problemas de asistencia y / o conducta escolar con la ayuda de los recursos escolares y comunitarios disponibles.

El propósito de SARB es trabajar en colaboración en el desarrollo de estrategias (prevención, intervención y aplicación) que ayudarán a los estudiantes a mejorar la asistencia y el comportamiento escolar mientras desvían los casos del sistema de justicia juvenil.

Dra. Faris Sabbah
Dra. Faris Sabbah
Superintendente
Sharon Bührig
Coordinador de la oficina del departamento
(831) 466-5704
michelle mckinny
Presidente de SARB

Goals

“El objetivo es la intervención temprana y detener, prevenir e intervenir”.
Las comunidades trabajan juntas para monitorear y promover la buena asistencia y abordar los obstáculos que impiden que los niños vayan a la escuela.

Sobre nosotros

La Junta de Revisión de Asistencia Escolar (SARB) fue establecida por la legislatura de California en 1975 con el propósito de:

  • Hacer un mejor esfuerzo para satisfacer las necesidades de los estudiantes con problemas de asistencia o conducta.
  • Promover el uso de alternativas al sistema judicial de menores.

Para lograr estos objetivos, la legislación prevé un SARB de múltiples agencias que incluye las siguientes agencias:

  • Servicios para niños y familias
  • Probatoria
  • Fuerzas del orden público
  • Servicios juveniles
  • Organizaciones comunitarias
  • Personal de asistencia y bienestar infantil
  • Administradores escolares
  • Representante de salud

SARB: el proceso comienza con la identificación del problema de asistencia y / o comportamiento seguido de intervenciones en el aula, el plantel escolar y el distrito.

SARB: se encarga específicamente de financiar soluciones para la asistencia estudiantil no resuelta y los problemas disciplinados reuniendo, de manera regular, a representantes de las agencias que componen la junta.

SARB: realiza más encuestas sobre los recursos comunitarios disponibles, determina la idoneidad de sus servicios y hace recomendaciones para satisfacer las necesidades de los estudiantes referidos.

SARB: busca comprender por qué los estudiantes experimentan problemas de asistencia y comportamiento que no se han resuelto a través de los esfuerzos de la escuela y la comunidad.

Plantilla de carta SARB

Leyes específicas relacionadas con la asistencia

  • Código de Educación, Sección 48200. Los estudiantes, entre las edades de 6 y 18 años, deben asistir a la escuela a tiempo completo, a menos que estén exentos.
  • Código de Educación, Sección 48263. Los estudiantes habitualmente ausentes y habitualmente insubordinados pueden ser referidos a SARB.
  • Código de Educación, Sección 48292, y Código Penal, Sección 272. El no asistir a la escuela como se requiere puede resultar en la presentación de una queja contra los padres ante la Oficina del Fiscal del Distrito.