Protocolos y capacitación

Protocolos previos a la acción migratoria

Concepto esencial: Espacios públicos vs. privados

Las escuelas se dividen en espacios públicos y privados. Los espacios públicos, como los estacionamientos y el vestíbulo de la oficina principal, generalmente son accesibles al público, incluidos los oficiales de inmigración. Todas las demás áreas del campus (aulas, pasillos, campos, baños, etc.) se consideran espacios privados. Los oficiales de inmigración solo pueden ingresar a estas áreas con un permiso. orden judicial válida firmada por un juez.

Diferentes roles para responder a las medidas migratorias

Roles para la respuesta a las medidas migratorias. Nivel 1: Todo el personal escolar. Nivel 2: Administrador del centro o persona designada. Nivel 3: Liderazgo del distrito.

Preparaciones previas a cualquier acción migratoria en el campus

  • Asignar liderazgo

    • Identifica un Administrador de nivel 2 tomar la iniciativa en la implementación de protocolos.

    • Designar un administrador de respaldo en caso de que el cable no esté disponible.

  • Medidas de seguridad en el campus

    • Publicación señalización separando claramente los espacios públicos y privados en el campus.

  • Protocolos de comunicación:

    • Identifique a un miembro del personal que sea responsable de clase de comunicaciones y designar un suplente.

    • Desarrollar y mantener un lista de comunicaciones (personal escolar, líderes del distrito, COE, asesor legal, socios comunitarios).

    • Asegúrese de que los sistemas de software estén preparados para enviar alertas a toda la escuela a través de texto, correo electrónico y teléfono.

    • Redactar dos mensajes previamente aprobados:

      1. Para notificar a la comunidad escolar sobre la presencia de agentes de inmigración en o cerca del campus.

      2. Notificar a la comunidad escolar cuando los agentes de inmigración hayan salido.

  • Entrenamiento y preparación

    • Revise estos protocolos con el personal.

    • Imprima y guarde un copia fuerte de protocolos accesibles en todo momento.

  • Apoyo a escuelas más pequeñas

    • Las escuelas autónomas y los distritos pequeños pueden depender de la Oficina de Educación del Condado Actuar como su Oficina Distrital para apoyo y coordinación.

PROTOCOLOS para la acción migratoria

Paso 1: Notificación Inmediata

  • Tan pronto como el personal tenga conocimiento de la presencia de oficiales de inmigración en el campus o cerca de él, deberá notificar al administrador del sitio y a la Oficina del Distrito sin demora.

  • El personal (excepto los administradores) no debe interactuar directamente con los funcionarios de inmigración.

  • La Oficina del Distrito enviará inmediatamente uno o más administradores de nivel de Gabinete al sitio.

Paso 2: Respuesta del administrador

El administrador del sitio (o su designado) debe:

  • Establezca contacto con los agentes y permanezca con ellos en todo momento.

  • Pídeles a los agentes de inmigración que se identifiquen y expliquen el propósito de su visita, incluso si buscan información o acceso a personas.

  • Infórmeles que no pueden ingresar a áreas no públicas del campus sin una orden judicial válida.

Paso 3: Documentación y Verificación

  • Registre todos los nombres, interacciones y solicitudes realizadas por los agentes de inmigración.

  • Recoger y escanear toda la documentación proporcionada y enviarla inmediatamente a la Oficina Distrital.

  • Informar a los agentes de inmigración que todas las solicitudes requieren la aprobación de la Oficina del Superintendente y la revisión de un asesor legal.

  • Si se presenta una orden judicial, la Superintendencia y el asesor legal deben confirmar su validez antes de tomar cualquier acción.

  • No se podrá divulgar ninguna información estudiantil a menos que lo requiera específicamente una orden judicial válida o una orden judicial.

Paso 4: Acceso y entrevistas a estudiantes

  • A los agentes de inmigración solo se les podrá conceder acceso si están autorizados explícitamente por la Oficina del Superintendente y el asesor legal.

  • Si los agentes de inmigración solicitan entrevistar a un estudiante, infórmeles que esto está prohibido sin la presencia del padre/tutor del estudiante.

Paso 5: Notificar a las familias y derivar a apoyo legal

  • Los padres/tutores y los contactos de emergencia deben ser notificados inmediatamente de cualquier solicitud relacionada con sus hijos o la información de sus hijos.

  • Si los agentes de inmigración solicitan entrevistar a un miembro del personal, proporciónele al miembro del personal una Tarjeta roja y recordarles que tienen derecho a permanecer en silencio.

  • Las familias y el personal deben ser derivados a recursos legales confiables, incluidos los siguientes: Llamada de la Red Escolar del Condado de Santa Cruz para el Apoyo a la Inmigración y SusDerechos.info.

  • El Distrito emitirá una comunicación clara y multilingüe al personal, los estudiantes y las familias.

Paso 6: Proceso posterior a la acción

Una vez que los agentes de inmigración se van:

  • Las familias deben ser dirigidas a organizaciones legales confiables como la Junta de Acción Comunitaria y la Centro de Derecho Watsonville. Hay recursos adicionales disponibles en www.susderechos.info.

  • Asegúrese de que el apoyo de asesoramiento y salud conductual esté disponible para todos los estudiantes y el personal afectados.

  • Realizar una reunión informativa con el personal para revisar el incidente, evaluar la eficacia de la respuesta e identificar los próximos pasos.

La formación del personal

Verificar si un documento es una “Orden Judicial Válida”

Si un agente del orden público o un funcionario de inmigración presenta una orden judicial, usted tiene derecho a examinarla. Solo una orden judicial, firmada por un juez o magistrado, autoriza la entrada fuera de espacios públicos o el acceso a los expedientes estudiantiles. Los formularios emitidos por el ICE, como el I-200 (Orden de Arresto) o el I-205 (Orden de Remoción/Deportación), son... garantías administrativas y son no Órdenes judiciales. La revisión de una orden judicial se realiza mejor por un abogado del Distrito.

1. Verifique la firma y el título

  • Una orden judicial válida debe estar firmada por un juez, magistrado o comisionado judicial autorizado.

  • El bloque de firma generalmente dice “Juez del [nombre del tribunal]” o “Juez magistrado”.

2. Busque información del tribunal

  • Las órdenes judiciales incluyen el nombre del tribunal que las emite (por ejemplo, Tribunal de Distrito de EE. UU., Tribunal Superior).

  • A menudo llevan un sello judicial o un identificador oficial.

3. Verifique el tipo y el número de caso

  • Las órdenes judiciales incluyen un número de caso o expediente vinculado a un caso penal o civil.

  • Las órdenes administrativas de ICE no provienen de un tribunal y no están respaldadas por conclusiones de causa probable.

4. Verifique el alcance

  • Una orden judicial especifica el individuo, los cargos y la base legal para la acción.

  • Las órdenes administrativas generalmente sólo establecen la deportación según las leyes de inmigración.

5. Examinar fechas y validez

  • Las órdenes judiciales indican cuándo fueron emitidas y pueden incluir períodos de validez (para registros).

  • Las órdenes de arresto o de arresto no tendrán fecha de vencimiento, pero conservarán la fecha y el sello originales.

6. Confirmar la autoridad judicial

  • Las verdaderas órdenes judiciales son emitidas por funcionarios judiciales neutrales e independientes.

  • Si la entidad emisora ​​es ICE u otra agencia de aplicación de la ley sin revisión judicial, no es una orden judicial.

Si no estás seguro
Siempre consulte con un abogado de inmigración o de defensa penal calificado antes de tomar cualquier medida.

Imagen de plantilla de orden judicial